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Por drmunozcl
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Muchas organizaciones que operan en España o dentro de la Unión Europea se enfrentan a un escenario legal complejo en cuanto al tratamiento de datos personales. Con la coexistencia del Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) y la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), no siempre queda claro cuál norma prevalece, cómo se complementan y cuáles son las principales diferencias que deben considerarse para un cumplimiento normativo efectivo.
Ignorar las diferencias entre ambas normativas puede generar errores costosos: desde brechas de seguridad no notificadas, hasta consentimientos mal formulados o carencias en la designación del Delegado de Protección de Datos. Estos errores no solo derivan en cuantiosas sanciones, sino que también pueden socavar la confianza de clientes, socios y empleados.
Conoce las diferencias normativas entre GDPR y LOPD
El primer paso hacia un cumplimiento pleno y eficaz es conocer las diferencias fundamentales entre el GDPR y la LOPDGDD. A continuación, se detallan los principales contrastes desde un enfoque normativo, incluyendo ámbito de aplicación, principios rectores, derechos de los interesados, obligaciones para responsables y encargados del tratamiento, y régimen sancionador.
1. Ámbito de aplicación
- GDPR: Es una norma de aplicación directa en todos los Estados miembros de la Unión Europea desde el 25 de mayo de 2018. Afecta a todas las entidades que tratan datos personales de ciudadanos de la UE, incluso si están fuera del territorio europeo.
- LOPDGDD: Aplica específicamente en el territorio español. Complementa y desarrolla aspectos concretos del GDPR, adaptándolo a la legislación nacional.
2. Naturaleza normativa
- GDPR: Es un reglamento europeo con aplicación directa, sin necesidad de transposición a legislación nacional.
- LOPDGDD: Es una ley orgánica nacional que adapta el GDPR al ordenamiento español y regula cuestiones adicionales, como los derechos digitales.
3. Edad mínima para el consentimiento
- GDPR: Permite a los Estados miembros establecer una edad mínima entre 13 y 16 años.
- LOPDGDD: Establece que la edad para prestar consentimiento válido en España es de 14 años.
4. Derechos de los interesados
Ambas normativas reconocen los derechos ARSULIPO (acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición).
LOPDGDD: Incorpora además derechos digitales como el derecho a la desconexión digital, a la educación digital o a la seguridad en la red.
5. Delegado de Protección de Datos (DPD)
- GDPR: Establece criterios generales para su designación.
- LOPDGDD: Especifica supuestos concretos en los que el DPD es obligatorio, como en colegios, entidades financieras, aseguradoras o partidos políticos.
6. Consentimiento del interesado
- GDPR: Debe ser libre, informado, específico e inequívoco. En ciertos casos debe ser explícito.
- LOPDGDD: Refuerza la necesidad de que el consentimiento sea claramente verificable, sobre todo en el caso de menores.
7. Sanciones
- GDPR: Establece multas de hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación global anual, lo que sea mayor.
- LOPDGDD: Establece niveles de sanciones (leves, graves y muy graves), manteniendo el límite máximo definido por el GDPR.
8. Derechos digitales
- GDPR: No contempla derechos digitales de forma explícita.
- LOPDGDD: Introduce un título específico que garantiza los derechos digitales de los ciudadanos (artículos 79 a 97), incluyendo la desconexión laboral, protección de menores, y neutralidad en la red.
Conclusión
Tanto el GDPR como la LOPDGDD son pilares fundamentales del ecosistema de protección de datos en España. El GDPR ofrece un marco general, armonizado para toda Europa, mientras que la LOPDGDD aporta matices específicos que permiten una aplicación más adaptada a la realidad jurídica y social española. Conocer las diferencias entre GDPR y LOPD no solo es crucial para evitar sanciones, sino para garantizar un tratamiento de datos transparente, responsable y seguro.
Referencias
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